miércoles, 20 de agosto de 2008

Trabajar en Corea del Sur, requisitos

Para todos los que querais venir a trabajar a Corea del Sur, os adelanto algunos requisitos y/o requerimientos legales necesarios para desarrollar una actividad laboral en este país.


NECESIDAD DE OBTENCIÓN DE VISADO Y/O AUTORIZACIÓN DE TRABAJO

Como regla general, será requisito indispensable para la realización de una actividad laboral en Corea del Sur la obtención de una Autorización Administrativa de Residencia (para estancias superiores a 90 días) y un contrato laboral. No es necesaria la obtención de una autorización de trabajo específica, que se entenderá concedida con la expedición del visado de trabajo correspondiente.

PRINCIPALES TIPOS DE VISADOS Y AUTORIZACIONES DE TRABAJO, DESCRIPCIÓN Y DURACIÓN

§Existen hasta 35 tipos de visados distintos en Corea del Sur. La duración del visado dependerá de la finalidad de la estancia en el país. En el caso de visados para trabajadores extranjeros, la duración se adecuará a la duración del contrato laboral, pudiendo renovarse a posteriori. A continuación se recogen los principales visados de interés para la empresa española en Corea del Sur

C-4 (Short term employment) :
Personas con empleos de corta duración en campos relacionados con servicios digitales, tecnologías de la información o comercio electrónico. Se requiere pasaporte, DNI, certificado de experiencia laboral, título universitario, contrato de trabajo, recomendación escrita.

D-9 (Trade and management):
Visado expedido para trabajadores extranjeros que desarrollan actividades comerciales (trading) o de management. Se requiere pasaporte, DNI, copia de registro de empresa o certificado de licencia de empresa y “certificado del cumplimiento fiscal anua”.

E-5 (Professional):
Ocupaciones profesionales genéricas. Se requiere pasaporte, DNI, título universitario, contrato de trabajo, recomendación escrita por las autoridades administrativas competentes (Ministerio según área de trabajo, documentos que prueben la necesidad del empleo.

E-7 (Specific ocupation):
Determinados empleos para organizaciones públicas y privadas incluyendo las áreas de tecnología de la información, comercio electrónico y periodismo. Se requiere pasaporte, certificación académica, contrato de trabajo y carta de recomendación de las autoridades administrativas competentes (Ministerio según rama laboral)

§Otros visados de interés:

D-4 (Training):
Estudiantes de lengua coreana en instituciones nacionales, estudiantes de intercambio según acuerdo universitario internacional. Se requiere pasaporte, documentación académica/universitaria pertinente y documentación que acredite solvencia financiera para la estancia.



PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE VISADOS Y AUTORIZACIONES DE TRABAJO

Como procedimiento general, empleador y empleado firman un contrato de trabajo, y un ministerio relacionado (MKE, MOIC) hace una recomendación sobre la necesidad de incorporación del trabajador a su nuevo puesto de trabajo en Corea del Sur. Posteriormente, el trabajador interesado solicita el visado en el Consulado o Embajada Coreana correspondiente aportando toda la información requerida (pasaporte, contrato de trabajo, carta de recomendación, etc.). El Ministerio de Justicia emite el visado correspondiente y el trabajador extranjero puede desarrollar su actividad profesional en el país.
§
La duración del visado variará en función del contrato laboral, existiendo ciertos topes máximos
de estancia, en cuyo caso, el visado podrá ser renovado.

§
Tras su llegada a Corea del Sur, el trabajador extranjero cuya estancia en el país sea superior a 90 días deberá registrarse en la Oficina Nacional de Inmigración y solicitar el “Alien Registration Card” (Tarjeta de residente extranjero) que será expedida en un plazo de entre 10 y 15 días.


COSTES DE LA OBTENCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN

Visado sencillo para estancias superiores a 90 días: 39,28 €

Visado multientrada: 62,85€

Prolongación del periodo de reentrada: 15,74 €

“Alien Registration Card” para estancias superiores a 90 días: 7,85 €


PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA EMPLEADOS ALTAMENTE CUALIFICADOS

Si bien no se recogen procedimientos especiales de tramitación de autorizaciones de residencia y trabajo, existen determinados tipos de visados que recogen actividades de alta cualificación y/o alto valor añadido cuyos requerimientos y documentación solicitada se han flexibilizado como en el caso de personal extranjero que trabaje en campos relacionados con servicios digitales, tecnologías de la información o el comercio electrónico así como personal de alta capacitación técnica que quiera poner sus conocimientos a disposición de las instituciones públicas o privadas coreanas


RESIDENCIA DE FAMILIARES DE TRABAJADORES EXTRANJEROS

Los familiares directos del trabajador extranjero pueden solicitar el permiso de residencia bajo el visado tipo F-3 (Companion) siendo necesario presentar pasaporte, ID y los documentos que sean necesarios para probar la relación familiar directa con el trabajador extranjero (certificados de matrimonio, libro de familia, partida de nacimiento)


OTROS SUPUESTOS ESPECIALES

Supuestos especiales de ciudadanos extranjeros de “etnia coreana” que deseen realizar su actividad laboral en el sector construcción o en el sector servicios deberán realizar un periodo de formación pre-laboral corriendo con los gastos de dicho curso. En particular para el caso del sector construcción se requerirá una formación adicional expedida por el Ministerio de Trabajo.
§
Se han habilitado visados específicos para periodistas y profesionales de las tecnologías de la información de tipo “multi-entrada” para cubrir eventos durante cortos periodos de tiempo que puedan implicar varias entradas y salidas del país (visado tipo F-3, short term journalism)


AUTORIZACIÓN PARA ESTUDIOS/BECAS

Aquellos estudiantes extranjeros que decidan estudiar lengua coreana en algún centro de idiomas adscrito a la universidad o aquellos estudiantes extranjeros que desarrollen un periodo de formación académica en Corea del Sur en virtud de un acuerdo de intercambio universitario o beca deberán solicitar el visado tipo training/student que les habilitará para permanecer legalmente en el país por un tiempo igual a la duración de sus estudios. Dicho visado deberá ser solicitado en el consulado o embajada surcoreana, siendo la duración máxima del mismo de dos años (prorrogable según caso). Se posibilita la obtención de un visado por tiempo superior a dos añosa través de un permiso especial expedido por el ministerio de Justicia.

El visado de estudiante es incompatible con la realización de cualquier tipo de actividad remunerada incluyendo trabajos a tiempo parcial y/o enseñanza de idiomas remunerada. La infracción de esta norma puede acarrear la expulsión del país.
§
Para la expedición de este tipo de visado se exige como documentación adicional el certificado de cambio de divisa, o de posesión y disponibilidad de más de 3000 USD en garantía del pago de los diversos costes educativos o de formación.



-------------------------------------------------------------------------------------------------

Estos requisitos e indicaciones son meramente informativos; para más información, contactar con la embajada de Corea del Sur en España

Dirección: C/ González Amigó, 15
Población: Madrid
Código Postal: 28033
Teléfono: +34 91 353 20 00
Fax: +34 91 353 20 01
E-Mail: embspain.adm@mofat.go.kr


Otros enlaces de interés:



1 comentario:

Anónimo dijo...

Hola Alex!
Terminé el año pasado la carrera de Turismo y ahora estoy terminando un Máster. Además soy 1er Dan de Taekwondo.
Y dirás, ¿y a mí qué?
Leo tu blog casi diariamente y quiero felicitarte por lo ameno y lo útil que me está siendo.
Quisiera pedirte ayuda porque estoy decidido a marcharme a Corea para formarme o trabajar allí.
El problema es que me está resultando difícil encontrar un camino sólido para poder realizar semejante hazaña.
Artículos como este me son de tremenda ayuda, sin embargo sigo algo perdido...
¿Qué me recomiendas?
Muchas gracias y sigue así!
Anyeon!